Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico

Si buscas toda la información sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico el día de hoy te vamos a contar en este tutorial todo cuanto tenes que saber para de esta manera poder estar al día con toda la información sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico , a fin de que de esta manera puedas saber toda la información que procurabas del siguiente tema Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico

Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico

Desde las cero horas del Viernes diecinueve de Junio se volverán a limitar las actividades y las personas que pueden utilizar el transporte publico eminentemente en Provincia de Buenos Aires y Capital mas rige para todo el país, veamos la diferencia entre trabajadores esenciales y trabajadores exceptuados.

Trabajadores Esenciales y Trabajadores exceptuados

Actividades esenciales son exactamente las mismas veinticuatro que rigen para todo el país y están habilitadas para la circulación entre jurisdicciones. Las limitaciones van a estar sostienes a la reglamentación de cada jurisdicción.

Los trabajadores excluidos son aquellos que no prestan servicios «esenciales» que fueron habilitados para circular conforme se avanzó en la flexibilización del aislamiento social y se abrieron diferentes actividades.

Quienes pueden usar el transporte publico?

Los personas que están incluidas en trabajos esenciales y que cuentan con un permiso de circulación generado con la aplicación «Cuidar» proseguirán moviéndose como desde el comienzo de la cuarentena. No van a deber renovar sus permisos, pues estos no expiran.

Los que deberán renovar el permiso son los trabajadores exceptuados, o sea, los que se fueron habilitando a lo largo de la cuarentena, y no al comienzo. Asi y todo no van a poder emplear el transporte publico.

Dónde gestionar el nuevo permiso

Los nuevos certificados de circulación va a haber que gestionarlos en la www.argentina.gob.ar/circula . También se van a poder administrar mediante la app Cuidar . Quienes lo hagan por esa vía van a recibir en exactamente la misma aplicación un código QR para exhibir en los controles de tránsito.

  • En la parte inferior de la página web oficial, vas a deber elegir la opción «Tramitá tu certificado único habilitante para circular».
  • La web te redireccionará a otra ventana en donde vas a deber informar si contás con Documento Nacional de Identidad (documento de identidad)
  • En el tercer paso, deberás escoger la provincia en la que radicáis. NO HACIA DÓNDE TE DIRIGÍS.
  • Deberás detallar si es por traslado laboral o bien por otros motivos de fuerza mayor, como acudir a personas mayores. Si la petición es por trabajo, se va a abrir una nueva ventana, en la que se solicitará información con más detalles sobre la actividad.

Lista de las veinticuatro labores esenciales

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del ámbito público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, citados para asegurar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades eficientes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de mil novecientos sesenta y tres sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban acudir a otras con discapacidad; familiares que precisen asistencia; a personas mayores; a pequeños, a pequeñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas perjudicadas a la realización de servicios funerarios, funerales y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen asamblea de personas.

8. Personas perjudicadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal perjudicado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de cercanía. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de nutrición, su cadena productiva y también insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, fármacos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades improrrogables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de restos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de urgencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercancías, petróleo, comburentes y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, fármacos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guarda.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, comburentes líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de comburentes y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros, transporte de caudales y todas y cada una aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga indispensables para asegurar el funcionamiento del sistema de pagos.

Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico

Realmente aguardamos que todo cuanto te contamos sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico te haya sido de gran ayuda y utilidad.
Siempre tratamos de desarrollar nuestros tutoriales sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico de una manera simple para poder ser comprendidos por personas de diferentes edades así sean personas de avanzada edad o bien personas jóvenes.

Es por esto que nuestros articulistas tuvieron un enorme cuidado al instante de crear este artículo sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico a fin de que puedan entenderlo todas y cada una de las personas, asimismo cave resaltar que semanal psique vamos a ir actualizando este artículo si brota nueva información relacionada al tema de tu interés que es Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico.

Como siempre y en toda circunstancia recuerda que si después de haber leído este tutorial te brotó algún género de duda o bien inquietud tienes a tu predisposición la caja de comentarios a fin de que hay puedas dejarnos tus dudas y también inquietudes sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico , y te responderemos tus dudas sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico cuanto antes conque aguardamos tus dudas y comentarios sobre Trabajadores esenciales y exceptuados, cuales pueden usar el transporte publico

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)

Leave a Comment

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies